Medidas de accesibilidad que debe tener un comercio en España
En los últimos años se han venido adoptando distintas medidas que favorecen el desarrollo de espacios arquitectónicos que sean accesibles para todos. Esto incluye a las personas con algún tipo de discapacidad o adultos mayores, que cuentan con movilidad reducida.
En España, las personas con alguna discapacidad constituyen aproximadamente un 9% de la población y los adultos mayores más del 16%. Además, la legislación europea y española contempla la obligatoriedad de hacer los espacios públicos accesibles para todo el mundo.
Los comercios no escapan de esta realidad y tienen la obligación de cumplir una serie de medidas que faciliten la movilidad y acceso de personas con discapacidad. Además, esto es conveniente desde el punto de vista económico porque se amplía el espectro de clientes potenciales en tu negocio.
Medidas de accesibilidad de los comercios
La sección 9 del Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad, contempla una normativa para edificios públicos y privados en cuanto a accesibilidad. Esto cubre a los establecimientos comerciales, los cuales deben adaptar sus instalaciones en caso de ser necesario.
Para que un comercio nuevo pueda obtener la Licencia de Apertura Municipal, debe cumplir con los requisitos mínimos de accesibilidad. Por su parte, los comercios que ya están en funcionamiento y que van a realizar obras, tienen la obligación de hacer reformas para lograr la accesibilidad universal.
Las medidas mínimas de accesibilidad contempladas en la legislación, cubren distintos aspectos de la edificación. Entre estos, los más resaltantes son los siguientes:
Pasillos, recorridos interiores y zonas de espera
Se establece que los pasillos requieren una anchura mínima de 1,20 m y los espacios para desplazarse entre en el mobiliario, mayor a 90 cm. Por otra parte, cuando se requiere hacer un giro es necesario contar con un diámetro libre de al menos 1,5 m.
En el caso de que el comercio cuente con una zona de espera, debe tener el espacio necesario para que se pueda maniobrar una silla de ruedas. Se recomienda que los asientos tengan respaldo y reposabrazos así como una altura aproximada de 45 cm, para ser usados por personas con movilidad reducida.
Aseos
Se debe llegar a estos mediante un itinerario que sea accesible y contar con una puerta de acceso con un ancho mínimo de 80 cm. Las puertas deben ser correderas o abrir hacia el exterior e interiormente se requiere un diámetro de giro de mínimo 1,5 m.
Además, es necesaria la colocación de barras de apoyo que cumplan con las normativas de resistencia y separación. Por su parte, los accesorios y mecanismos se deben ubicar a una altura entre los 70 cm y 1,20 m.
Accesos y puertas
El acceso al comercio no debe tener desniveles y, en caso de presentarlos, contar con rampas que permitan la movilidad de una silla de ruedas. El pavimento no debe contener piezas sueltas y los felpudos tienen que fijarse al suelo.
Las puertas de acceso requieren un ancho mínimo de 80 cm y de una sola hoja, con los mecanismos de apertura y cierre situados entre 80 cm a 1,20 m. Lo más recomendable es la instalación de puertas automáticas, como las que te ofrecen en MetalBlinds, las cuales cumplen con las normativas de accesibilidad.
Además, en ambos lados de la puerta es necesario disponer de un espacio horizontal con un diámetro de giro libre de al menos 1,20 m. Los mecanismos de apertura deben poderse manejar con una sola mano.
Probadores
En tiendas con probadores, al menos uno de estos debe ser accesible y llegar a este por un itinerario de acceso universal. La puerta debe tener un ancho mínimo de 80 cm y el espacio interior permitir girar una silla de ruedas.
Debe existir al menos un asiento interior y espacio para colocar la silla de ruedas y poder hacer la transferencia al asiento. Las perchas se deben colocar a distintas alturas y la iluminación funcionar con sensor de movimiento o interruptor colocado entre 90 cm a 1,20 m de altura.
Mostradores y expositores
Los muebles de exposición no deben tener elementos punzantes o aristas y en comercios donde los clientes toman directamente los productos, deben ser accesibles a todos. El espacio para recorrer los expositores y mostradores debe tener un ancho de al menos 80 cm.
Los mostradores de atención requieren un ancho mínimo de 80 cm y estar colocados a una altura de 85 cm. Asimismo, se necesita que permitan el acercamiento frontal de la silla de ruedas y espacio para maniobrarla con facilidad.
Acceso a segunda planta
Cuando un comercio cuente con dos plantas, debe contar con un recorrido de acceso universal a todo el establecimiento. Para esto, se puede utilizar un sistema de rampas o, de ser posible, un ascensor.
Las rampas deben cumplir con las normativas establecidas en cuanto a largo, ancho y pendiente para ser consideradas accesibles. En el caso de los ascensores, los mismos deben tener indicaciones en Braille y números arábigos en alto relieve y a una altura entre 80 cm y 1,20 m.
Iluminación
Para facilitar la movilidad de personas con discapacidad visual, la iluminación en el establecimiento debe ser homogénea y sin cambios bruscos. Por tanto, es recomendable que los cambios de intensidad se encuentren en un rango entre los 100 a 300 lux como máximo.
La iluminación debe ubicarse por encima del campo de visión de las personas, con la finalidad de evitar posibles deslumbramientos a las personas con visibilidad reducida. Por su parte, los pavimentos deben ser mates, se recomienda el uso de lámparas fluorescentes y seguir los niveles mínimos de iluminación contemplado en las normativas para cada espacio.